viernes, 19 de agosto de 2011

Disputar dominios en internet

Intentar garantizar el acceso a la Red es más relevante en una región en la que las reformas constitucionales son más frecuentes. Al igual que en las injurias, si la calumnia se realiza en una red social conllevará la agravante de “publicidad” y por tanto la pena es mayor (en el caso de que no se haga con publicidad la pena es de multa de 6 a 12 meses). ¿ Estamos protegidos contra el espionaje o el uso que hacen compañías y terceras partes sobre nuestros datos ? La realidad es que no. Conforme al Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, “vejación” es la “acción y efecto de vejar”, y “vejar ” es “maltratar, molestar, perseguir a alguien, perjudicarle o hacerle padecer”. Por otro lado, en esos casos y, especialmente, en el de los obligados, ¿a qué dirección de correo o dispositivo se va a enviar el aviso? Pues muy probablemente se desconozca. En el caso de Internet, la responsabilidad civil solidaria alcanzaría al propietario del servidor en el que se publicó la información constitutiva de delito, aunque debería tenerse en cuenta, en este caso, si existió la posibilidad de conocer dicha situación, ya que el volumen de información contenida en un servidor no es comparable con cualquier otro medio de información, como puede ser una revista, una radio, un programa de televisión o un periódico.

Desde entonces, destacan las sentencias del TS estableciendo que es admisible como prueba documental en un juicio siempre que se den unos requisitos. Resulta así coincidente en esencia con nuestra jurisprudencia, que hace hincapié especial en la necesidad de que el empresario, en el ejercicio de sus facultades de autoorganización, dirección y control fije las condiciones de uso de los medios informáticos asignados por la empresa al trabajador (se requerirán instrucciones, órdenes o protocolos de utilización y prohibición de uso extralaboral), lo que supone, sin afectar a los derechos fundamentales constitucionalmente protegidos, una facultad de vigilancia sobre el cumplimiento de dichas condiciones de uso. Asesoramiento Te asesoramos en función de lo que necesites, tanto si quieres proteger a nivel legal tu página web, de acuerdo con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios a la sociedad de la información y comercio electrónico y demás normas de aplicación; como si quieres llevar a cabo aplicaciones para móvil, o si pretendes establecer una buena política de identidad digital o reputación on-line a nivel legal.

La identificación de necesidades formativas de los propios docentes para incorporarse o adaptarse a esta matriz, la conformación de estrategias para colmarlas y la puesta en práctica de las mismas es una dimensión determinante y un factor indiscutible para garantizar el éxito de este proceso. Carga probatoria. Rigen los principios generales de aplicación para cualquier documento privado como medio de prueba (artículo 326 LEC), aunque como veremos, existen especificidades propias de la naturaleza digital de estos soportes electrónicos –volatilidad, alterabilidad, vulnerabilidad, intangibiliad, etc.-. Precisamente, a continuación comentaré una sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo donde se analizan y valoran medios probatorios electrónicos. Hoy en día no es suficiente disponer de contenidos de calidad y de los conocimientos técnicos precisos para su optimización en la red, sino que, además, resulta esencial que en la selección, elaboración, difusión y comercialización de esos contenidos digitales se respeten tanto los derechos que puedan existir sobre ellos, como las normas dirigidas a proteger principios esenciales como la privacidad, el honor, la intimidad, los derechos de los consumidores, la disciplina del mercado, la publicidad, la propiedad industrial o la intelectual.

Ya con anterioridad, la legislación española sobre protección de datos iba por el mismo camino. Junto con los anteriores elementos, habrá que valorar la conveniencia de protocolizar notarialmente el mensaje o la comunicación electrónica o, incluso, acudir al Acta de Presencia notarial, que aunque no constituye en sí misma prueba indubitada de la realidad de la comunicación, sí dará fe y constatará la existencia en un determinado soporte de los datos esenciales de la comunicación (bandeja de entrada o carpeta electrónica, fecha de envío o recepción que figura, datos de emisor y receptor, número de teléfono móvil, texto de la comunicación, existencia del pantallazo...). La UE también se ha comprometido a proporcionar acceso universal a la banda ancha. A nosotros también nos gusta Tweetdeck para gestionar varias cuentas de Twitter. En ocasiones, las redes sociales se utilizan para cometer otros delitos como el de difusión de imágenes (artículo 197.3 del Código Penal), con finalidades vejatorias o de venganza personal.

Hay que diferenciar dos conceptos: la injuria y la crítica. La ONU defiende que el acceso a Internet sea un derecho universal La UE considera que los ciudadanos tienen derecho a un "procedimiento justo e imparcial" antes de que puedan adoptarse medidas para limitar su acceso a la red. Así, nuestra sentencia de 5 de diciembre de 2003, sobre el telemarketing telefónico, aceptó la legalidad de un control empresarial consistente en la audición y grabación aleatorias de las conversaciones telefónicas entre los trabajadores y los clientes «para corregir los defectos de técnica comercial y disponer lo necesario para ello", razonando que tal control tiene "como único objeto ...la actividad laboral del trabajador", pues el teléfono controlado se ha puesto a disposición de los trabajadores como herramienta de trabajo para que lleven a cabo sus funciones de "telemarketing" y los trabajadores conocen que ese teléfono lo tienen sólo para trabajar y conocen igualmente que puede ser intervenido por la empresa.

Por tanto, no resultan de aplicación en este caso las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: caso Kostowski contra Francia de 24.2.90; caso Allan contra Reino Unido de 5.11.2002; caso M.M. Otro gran debate en lo que se refiere a legislar en cuanto la actividad en Internet en realidad tiene una gran implicación, pues obliga a que se pondere entre proteger distintos derechos humanos de suma importancia: el derecho de libertad de expresión y de acceso a la información o el derecho a la privacidad y al honor. por lo que toda reclamación presentada contra ella debe entenderse contra Microsoft Corp , en su sede de Redmond, Washington, Estados Unidos. Siempre se habla de la obligación (legal) de implantar el procedimiento electrónico, pero no debemos olvidar que dicha obligación deriva de un catálogo de derechos de las personas que en la presente realidad política, social y tecnológica van a ejercer (véase Derechos de las personas en el Estado Social y Tecnológico de Derecho).

Para conocer los requisitos necesarios, vamos a analizar las distintas posibilidades más comunes: Grabación de voz: El contenido de las conversaciones hace prueba en juicio. Así, en su parágrafo 34, la Directiva señalaba que «Es necesario, por lo que respecta a la identificación de la línea de origen, proteger el derecho del interlocutor que efectúa la llamada a reservarse la identificación de la línea desde la que realiza dicha llamada y el derecho del interlocutor llamado a rechazar llamadas procedentes de líneas no identificadas», lo que se justifica por el hecho de que «Determinados abonados, en particular las líneas de ayuda y otras organizaciones similares, tienen interés en garantizar el anonimato de sus interlocutores». Cabe también la posibilidad de aportar al juicio un peritaje informático que acredite ya de entrada la autenticidad de los correos electrónicos, a fin de disuadir a la otra parte de una eventual impugnación y, con ello, facilitar ese efecto de “prueba plena” que resulta tan deseable conseguir. Sin embargo, como explica, socio especializado en derecho digital en  y vicepresidente, "esto ya no es la realidad y las legislaciones están cambiando.

La línea digital de abonado (DSL) u otro punto terminal identificador del autor de la comunicación». La determinación de las obligaciones de los sujetos que proveen servicios de redes sociales y de los que interactúan en ellos, las condiciones de uso y acceso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la garantía de la vida privada o de la propiedad intelectual, o la salvaguarda de los derechos de los menores siguen ocupando y preocupando a los operadores jurídicos. Por este motivo, por extendida que esté la práctica de etiquetar y publicar en Internet imágenes de terceros, este uso social no puede amparar la renuncia de nadie a su propia imagen, al tratarse de un derecho fundamental y, por tanto, indisponible. No se trataría sólo de que la policía tenga acceso a ellos, mediante mandamiento judicial, sino que su existencia puede facilitar el uso -incluso ilegítimo- de tales datos, sobre todo teniendo en cuenta que la evolución acelerada de la tecnología facilita enormemente la gestión de tales datos y la posibilidad de encontrar los datos escogidos de una manera rápida y fácil. El derecho al respeto de la vida privada y el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos están inscritos en la Carta de los Derechos Fundamentales».

¿Y si presentábamos el disco duro tal cual? Según nuestro amigo informático de batallas, tampoco garantizaba el contenido. Y son mandatos jurídicos asimétricos, porque su vigencia dependerá del grado de cumplimiento por cada administración de los canales electrónicos, y del grado de responsabilidad de autoridades y funcionarios para su implantación antes de que llegue el plazo fatal. Tan solo hay que decírselo, a través de nuestro móvil, para que Watson, Siri o como quieran llamarse nos lo proporcionen de forma automática y ajustado a nuestras necesidades/posibilidades y esto solo es posible si los que prestan estos nuevos servicios nos conocen mejor que nosotros mismos. Por lo que respecta a las injurias, puede ser interesante citar la SAP Salamanca 4/2011, de 25 de enero, que enjuiciaba los duros comentarios realizados por un estudiante contra una de sus profesoras en la Universidad. Esta vía podría ponerse en marcha tanto de oficio como a iniciativa del propio menor, cualquier pariente o el Ministerio Fiscal.

La dificultad para acreditar fehacientemente la autenticidad de la misma –dificultad intrínseca a la naturaleza digital del soporte electrónico- y ante la hipotética impugnación de la contraparte, requiere un especial esfuerzo probatorio que permita finalmente una racional y correcta aplicación de las consabidas reglas de la sana crítica. De hecho, la jurisprudencia internacional ha tenido ya la oportunidad de pronunciarse sobre estos extremos. En este tipo de recurso, el plazo para recurrir es de dos meses contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo anteriormente citado de tres meses (artículos 29.1 y 46.2 LRJCA). Y es que, aunque se produzca una rectificación o desmentido, el impacto del mismo no tiene la misma repercusión que el provocado por la información en un primer momento, y como se suele decir, el daño ya está hecho. En el caso de que las injurias se dirijan contra funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, sobre faltas penales o infracciones administrativas, el acusado quedará libre de toda responsabilidad penal si acredita que sus manifestaciones son ciertas. Por su parte, la injuria consiste en proferir expresiones o realizar actos que lesionen la dignidad ajena, menoscabando la fama de la persona o atentando contra su propia estimación.

No debe identificarse con la tramitación de urgencia del procedimiento ordinario (que, al igual que en la Ley 30/92, se mantiene en el artículo 33 de la LPAC) y que supone, simplemente que se reducen a la mitad los plazos del procedimiento administrativo ordinario (salvo los de presentación de solicitudes y recursos). En primer lugar, habrá que interpretar qué quiere decir la norma cuando habla de “a los solos efectos de su iniciación”, es decir, ¿podría considerarse que en esos casos podrá hacerse la oportuna consulta para conocer el domicilio y notificarle el primer acto de trámite cualificado en el mismo, por ejemplo, el pliego de cargos? No obstante, me asaltan varias dudas, ¿qué ocurre con los obligados a comunicarse electrónicamente? Y ¿con quienes han optado por este mecanismo aunque no estén obligados? Todo apunta a que en esos supuestos podría la Administración –o incluso debería según la norma-, practicar esas notificaciones electrónicamente, con la dificultad de que en tal supuesto el destinatario conozca realmente esa notificación por lo antes dicho, pues es posible que no tenga conocimiento de que ese procedimiento se ha iniciado.

Debemos tener en cuenta que ciertos personajes públicos, pueden ver aminorados su derecho al honor, si resultan ser sujetos pasivos de un injuria, como consecuencia de sufrir una mayor injerencia en su vida privada y en el caso de los políticos, por estar sometidos a la sana crítica del Estado democrático y la libertad de expresión, lo cual no supone en ningún caso que se les deba de privar del derecho constitucional al honor (así lo ha puesto de manifiesto el Tribunal Constitucional en diversas Sentencias como la 136/1994 o la 132/1995 Por último, no debemos olvidar otro tipo de injurias específicas, cuando nuestro Código Penal protege especialmente el honor de determinados sujetos que representan el orden constitucional del Estado, y por ello, un bien jurídico que va más allá del derecho al honor. Ambos, El árbol y el fruto envenenados deberán ser excluidos de la valoración judicial probatoria. Reitera esta sentencia la doctrina del Auto del Tribunal Supremo 855/10, reconociendo el valor probatorio del correo electrónico certificado electrónicamente por parte de un prestador de servicos de certificación) frente al e-mail normal.

Ciertamente la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Española, y la determinación de sus límites ha generado un amplio debate, como siempre que un derecho compite con otro, siendo el derecho al honor y a la propia imagen el otro derecho que entra en conflicto con la libertad de expresión en los foros y Redes sociales. Más sorprendente fue la oposición de democracias como Sudáfrica, India o Indonesia. Consideraciones finales El uso inadecuado de las nuev as tecnologías , y en particular de las redes sociales, puede implicar grandes riesgos para los derechos de los menores de edad, pudiendo llegar a poner se en peligro su desarrollo, tanto físico como psicológico. No obstante, para, incluso con estas dificultades, es posible configurar un nuevo «derecho de libertad informática», con unos contenidos «mucho más amplios que los que proporciona el artículo 18.4 de la Constitución» a través de la consideración que de la dignidad de la persona hace el artículo 10.1 de la Constitución española. ¿Cómo gestionar nuestra presencia en redes sociales? Una primera reflexión es determinar quién va a llevar a cabo la gestión de las cuentas en los diferentes medios (nosotros mismos, el departamento de marketing y comunicación, un community manager externo, etc…).

Cabe recordar por este perito informático, que los correos electrónicos, como cualquier otro elemento de prueba, están sujetos a falsificación y/o manipulación, y que dicho elemento de prueba debe ser ratificado por un perito informático o, en su defecto, arriesgarse a que dicho elemento probatorio sea desestimado, dando al traste con el litigio. de la Audiencia Nacional acuerda el planteamiento de una cuestión prejudicial de interpretación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que este Tribunal declare, entre otras cuestiones “Si la actividad de GOOGLE, como buscador de contenidos de terceras personas, puede considerarse un tratamiento de datos” y, por lo tanto, debe garantizar los derechos de cancelación y oposición, “Si la AEPD … puede requerir a GOOGLE para que cancele o bloquee la información, aun cuando su mantenimiento en la página de origen sea lícita, pero el solicitante considere que su aparición en los resultados de búsqueda atenta a su privacidad, dignidad o al derecho al olvido “ y, en definitiva, “si la AEPD … puede requerir directamente al buscador, sin dirigirse previa o simultáneamente al webmaster para exigir la retirada de la información” Según datos de la Brigada de Investigación tecnológica el número de detenidos por injurias, amenazas y delitos contra la intimidad ronda las mil personas al año, y es punta de iceberg por cuanto no todos los comportamientos que se producen llegan a ser denunciaros Este tipo de actividades acosos, rumores atentatorios gravemente de la dignidad de la persona son delito.

Y es que la ignorancia es muy atrevida… Recientemente he vivido en carne propia una experiencia francamente kafkiana, y que demuestra el mal funcionamiento de nuestro estado de derecho, más bien de desecho, o por lo menos en franca descomposición. Para saber si vale más el derecho a la libertad de expresión, o el derecho al honor de la persona afectada, hay que examinar cada caso. Pero no pasa nada, la ley ampara el derecho constitucional a la tutela judicial. Facebook. Y, en el nuevo artículo 28.1 se establece que, por lo que se refiere a internet, este servicio debe garantizar «comunicaciones de datos en banda ancha a una velocidad en sentido descendente de 1Mbit por segundo». Conforme al artículo 30 de la LSSICE, si se identifica en una página contenidos contrarios al honor, intimidad o imagen del menor, cabe interponer una acción de cesación de la actividad . Conexión en cualquier lugar Hablando de teléfonos y conexión a Internet, prácticamente a día de hoy no concebimos un dispositivo de comunicación sin acceso a Internet, convertida ya en el primer sistema de comunicación de la vida moderna.

En realidad, el control empresarial de un medio de trabajo no necesita, a diferencia de lo que sucede con los supuestos del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, una justificación específica caso por caso. *Redacción de contratos para proteger sus intereses en INTERNET. Casos de periodistas: los periodistas tienen una libertad de expresión muy amplia, se intenta proteger que puedan comunicar y denunciar a través de los medios de comunicación toda conducta para que la sociedad la conozca. No suponen menudencia actuar fuera de ciertos límites, pues la responsabilidad penal que puede concurrir es importante. Han pasado dos mil años desde que se escribiera por vez primera aquello de “Quod scriptum, scriptum est”, pero la idea es plenamente aplicable. -En la diligencia de volcado en soporte de papel y archivos contenidos en el CD aportado por Microsoft, realizada en presencia del Secretario Judicial, no se encontraron correos electrónicos relacionados con los hechos objeto de enjuiciamiento.

En este sentido, la protección del honor se ha concretado tanto en la legislación civil como en la legislación penal: civilmente, a través de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del honor, intimidad y propia imagen; y, penalmente, mediante los delitos de injurias (acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación) y calumnias (imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad) tipificados en los artículos 205 a 216 del Código Penal, y la falta de injuria leve tipificada en el artículo 620.2 del mismo Código.

De estos delitos puede llegar a responder penalmente no sólo el autor, sino también el medio informativo a través de los que se haga difusión de la calumnia o injuria. Hace apenas una semana se ha dado a conocer una sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso por parte de los medios de comunicación de fotografías sacadas de perfiles abiertos en las redes sociales. Sin embargo, la Constitución también reconoce el derecho a la libertad de expresión, de ahí que sea frecuente que se produzcan conflictos entre ambos derechos, esto es, entre el derecho al honor y a la libertad de expresión. No solo para quien busca obtener una reparación de su propia estima y del reconocimiento público de su propia dignidad —derecho al honor—, sino también para la propia sociedad, obligada a convivir con unas conductas merecedoras de un severo reproche pero que, por esta dilación, gozan de una «aparente» impunidad. Como ya he adelantado, entiendo que esta diferencia no se ciñe a la realidad, muy probablemente porque el legislador no es consciente de cómo funciona en la práctica el registro electrónico o, más bien, porque se olvida de un supuesto concreto en el que esta previsión puede conllevar importantes consecuencias. Así como este anverso de la noción se da por sabido en las normas, éstas, en cambio, intentan aprehender el reverso, el deshonor, la deshonra o difamación, lo difamante.

Naturalmente, el anonimato que en muchos casos permite Internet ayuda a que determinados actos queden impunes, algo a lo que contribuye también una evidencia: la legislación siempre avanza por detrás de la tecnología. Esto último, especialmente centrado en dos aspectos: requerir el consentimiento para el tratamiento de estos datos en el caso de usuarios no autenticados, incluyendo la prueba de que el consentimiento ha sido otorgado, y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación. La injuria y la calumnia: Supuestos comunes ¿Qué puede hacer si se considera injuriado o calumniado? Si Ud. Una primera impresión es la de estar asistiendo a un modelo de negocio en el que el producto siempre está en fase beta y se mejora a base del viejo método de prueba/error. Será necesario centrarse en el ROI y en tener una visión práctica de la inversión digital. Las nuevas conductas y situaciones que surgen a consecuencia del uso de internet están siendo objeto de una progresiva regulación jurídica por parte de los poderes públicos nacionales e internacionales, con objeto de salvaguardar intereses tan relevantes como la protección de los derechos fundamentales o el correcto funcionamiento de la economía. OCTAVA P ara proteger adecuadamente al menor es importan te informarle desde pequeño acerca de los peligros que conlleva Internet y asesorarle sobre las precauciones a adoptar.

LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Dado que la Administración notificará a través de medios electrónicos, hay que tener en cuenta que estas notificaciones se realizarán en la sede electrónica de esa Administración o en la dirección electrónica habilitada única (DEH) del interesado. Está recogido en los artículos 205 a 207 del Código Penal. Igualmente c abría recurrir a la vía que contempla e l artículo 158 CC, que permite al juez dictar las medidas oportunas a fin de apartar al meno r de un peligro o de evitarle p e r juicios. Y, en todo caso, el número de viviendas con acceso a internet en España, con datos de 2012, sólo llegaba al 67,9 % del total de hogares. MONITORIZAR Y MEDIR No hay comunicación si no hay reporting.

En cualquier caso el valor de un e-mail en un proceso civil, con independencia del dominio que tenga, es relativo y requerirá de otros medios de prueba que corroboren el contenido del mismo, al ser una prueba de carácter meramente indiciario; Puede ser alegado en un proceso, aunque la otra parte puede impugnarlo alegando que existen mecanismos para simular el envío de correos, o que el envío ha sido realizado por alguien que no lo ha enviado (pero tendría que probarlo) resume con estas palabras la resolución dictada por la sala primera del Tribunal con la que ha confirmado la validez jurídica de una notificación realizada vía e-mail entre un procurador y un cliente moroso. Redacción de condiciones generales de contratación y revisión de clausulado web. Para conocer los requisitos necesarios, vamos a analizar las distintas posibilidades más comunes: Grabación de voz: El contenido de las conversaciones hace prueba en juicio. Lo mismo se aplica a las medidas de reducción de la velocidad de navegación de Internet o de partes de este». No obstante, los datos que se deben conservar son los «generados o tratados como consecuencia de una comunicación o de un servicio de comunicación y no los datos que constituyen el contenido de la información comunicada.

Pero es casi imposible eliminar todo lo que hemos publicado o han publicado sobre nosotros. Se trata de un concepto dependiente de las normas, valores e ideas sociales vigentes en cada momento ( STC 185/1989 (LA LEY 3275/198 ), que encaja sin dificultad, por tanto, en la categoría jurídica conocida de conceptos jurídicos indeterminados ( STC 223/1992 (LA LEY 2065-TC/199 ). Se excluye otro ánimo distinto del difamatorio cuando existe "exceso verbal", es decir, cuando no es necesario para el ejercicio de una crítica emplear expresiones o conceptos vejatorios (Sentencias del Tribunal Constitucional 165/1987, 105/1990, 172/1990, 85/1992 o 112/200 III Cuando las injurias se consideran graves a efectos del delito En lo que se refiere a su gravedad, solamente serán constitutivas de delito las acciones o expresiones que lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Los correos electrónicos permiten adjuntar tanto documentos de diversa tipología (textos, hojas de cálculo, base de datos, pdf…) como fotografías e incluso vídeos. ¿Es Legal hacer Grabaciones? ¿Se pueden presentar como prueba en Juicios? pero, ¿Qué ocurre con los correos electrónicos? ¿Se pueden aportar como prueba documental en un juicio? Nos gustaría saber tu opinión respecto a este asunto. La policía identificó la dirección “IP (Internet Protocol)” desde la cual se conectaba a Internet para enviar los correos electrónicos a las dos personas antes mencionadas (un cibercafé ubicado en Málaga) a través de una cuenta de email de nombre ficticio (Hugo).

Por último debemos también reseñar que el Parlamento Europeo adoptó el 5 de julio de 2011 una Resolución en la que afirmaba que «Destaca la importancia de las obligaciones de servicio universal (OSU) como red de seguridad para la integración social cuando las fuerzas del mercado no han sabido proporcionar por sí solas servicios básicos a los ciudadanos y a las empresas» y «Respalda los objetivos de «Acceso de banda ancha para todos» de la Agenda Digital y tiene el convencimiento de que el acceso a la banda ancha ayuda a los ciudadanos y a las empresas a sacar el máximo provecho del mercado único digital, en especial al mejorar la integración social, crear nuevas oportunidades para las empresas innovadoras desde los puntos de vista ambiental y social, impulsando el empleo y el crecimiento y aumentando las oportunidades de comercio transfronterizo; aboga, a tal fin, por el fomento de la formación digital» por lo que pide a la Comisión que «ofrezca mayor apoyo financiero a los proyectos locales que proporcionan acceso digital y a todas las comunidades que ayudan a grupos con discapacidad a acceder a instrumentos tecnológicos, proporcionando conexiones en edificios públicos con acceso a Internet gratuito», por cuanto «una combinación de políticas y tecnologías (redes alámbricas, por cable, fibra, móvil y satélite) puede fomentar el desarrollo de nuevos servicios y aplicaciones en línea por parte de las empresas y los organismos públicos, como la e-educación, la e-sanidad y la e-administración, impulsando la demanda de conexiones de Internet más rápidas, haciendo más rentables las inversiones en redes abiertas de banda ancha, alentando así las asociaciones entre los sectores público y privado y desarrollando el mercado único digital, al tiempo que se mejora la inclusión de los ciudadanos marginados». No deberíamos tener la misma contraseña para todas las redes sociales, correos, etc.

Por esta razón se han establecido diversas formas de protección: para las ofensas más fuertes se tipifican las injurias y las calumnias, para un nivel inferior de gravedad existe una falta de injuria regulada en el Código Penal, finalmente, para los casos menos ofensivos, la Ley Orgánica 1/1982, del Derecho al Honor, establece medidas civiles para la reparación del daño causado. Pinterest / Instagram y los derechos sobre mis imágenes En caso de las redes sociales que se basan exclusivamente en imágenes, es un poco más delicado que en los supuestos anteriores. Otra posible solución sería promulgar una nueva ley que regulase la materia, reconociendo la influencia de la prensa digital, de internet, de los foros, etc., en la circulación de la información, y en los ataques, muchas veces intencionados, contra el honor, la intimidad y la propia imagen de otras personas… Cualquier cosa antes de seguir en manos de unos jueces que se han estudiado la legislación de memoria, pero son incapaces de hacer un esfuerzo intelectual para dar cumplimiento al citado Título Preliminar: “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas”. los Estados tienen la obligación positiva de promover o facilitar el disfrute del derecho a la libertad de expresión y los medios necesarios para ejercer este derecho, lo que incluye a Internet».

Para ello, como destaca este Informe CORA, la nueva normativa responde a la consecución de un doble objetivo: (i) la mejor prestación de servicios a ciudadanos y empresas; y (ii) con el empleo de sistemas que redunden en la eficiencia y simplificación del actuar de los poderes públicos]. En cualquier caso, cualquier documento o comunicación electrónica -correo electrónico, whatsapp, SMS, etc.- debe aportarse al procedimiento como ya hemos dicho, siempre que sea posible, en soporte electrónico –copia digital- además de transcribir el texto en papel impreso donde conste, en su caso, la cabecera e incluso los mensajes encadenados a efectos de dar mayor verosimilitud. Así se produce una ilegítima intromisión en el derecho al honor cuando lo dicho, escrito o divulgado sean mensajes o expresiones insultantes o vejaciones que provoquen objetivamente el descrédito de la persona a quien se refieran. (iv) Actuación administrativa automatizada La actuación administrativa automatizada es aquella que se realiza íntegramente a través de medios electrónicos, en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público. Será clave invertir en SEO.

 También «Brindar apoyo directo para facilitar el acceso, incluida la creación de centros comunitarios de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y otros puntos de acceso público», y «Generar conciencia sobre el uso adecuado de Internet y los beneficios que puede reportar, especialmente entre sectores pobres, niños y ancianos, y en las poblaciones rurales aisladas». El artículo 325 de la LEC remite al artículo 268 para conocer la forma de presentación de los documentos privados, y el criterio general es el de la presentación original o mediante copia autenticada por fedatario público, bastando copia simple del documento privado, siempre que no sea cuestionada por las demás partes. La injuria puede cometerse imputando hechos poco edificantes o formulando juicios de valor deshonrosos, tanto verbalmente como por escrito, incluso a través de representaciones gráficas (es el caso de las caricaturas, por ejemplo). Sin duda alguna, es un tiempo excesivo. El juicio sobre la transparencia de la cláusula no tiene por qué atender exclusivamente al documento en el cual está inserta o a los documentos relacionados, como la previa oferta vinculante, sino que pueden tenerse en consideración otros medios a través de los cuales se pudo cumplir con la exigencia de que la cláusula en cuestión no pasara inadvertida para el consumidor y que este estuviera en condiciones de percatarse de la carga económica y jurídica que implicaba.

La mera transcripción privada acompañada de las correspondientes imágenes de las impresiones de pantalla de la conversación transcrita podrían aceptarse como medio probatorio si no fuera impugnada por la otra parte. Dato relevante si, como es de prever y sucede con las copias compulsadas, se cobra por ellas. En estos casos, «para saber cuál es el alcance efectivo de la Constitución es imposible prescindir del conocimiento de las sentencias de los Tribunales», ya que su actividad «ha llevado a continuas adecuaciones a la realidad contemporánea... Igualmente, con la contratación de este servicio, los abogados Internet está tan arraigado en la vida de tantas personas y es una de las vías principales para el intercambio de información que negar el acceso a Internet supone una violación de los derechos humanos. La Parte Segunda, titulada "El Derecho del Gobierno electrónico", se centra en los principales problemas que Internet ha creado o puede crear en el ámbito del Derecho público. Por esta razón, la mejor opción cuando se es víctima de delitos contra el honor es consultar a los especialistas. "Sin esta tecnología, nuestra economía se estancaría. Estas reglas procesales se refieren a la actividad probatoria, a los medios de prueba y al resultado probatorio.

Los teléfonos móviles que ofrecen más funciones que un teléfono móvil común se denominan smartphones o teléfonos inteligentes. Si es el interesado el que solicita la tramitación simplificada y el órgano administrativo aprecia que no concurre alguna de las razones que legitima su uso, puede desestimar la solicitud del interesado en el plazo de 5 días desde su presentación. La crítica está amparada por la libertad de expresión y no será delito. Esto no significa que podamos injuriar con total impunidad, sino que únicamente serán valoradas penalmente aquellas que encuentren en su expresión una verdadera intención de ofender y que no sean simplemente una demostración de enfado, mal gusto o grosería. Así, hay que tener en cuenta que, en este mismo sentido de proteger la intimidad y el anonimato a la hora de navegar por internet, tanto la legislación de muchos países, como la actuación de las agencias gubernamentales de protección de datos, consideran a la dirección IP, un dato de carácter personal. Otro tipo de comunicación electrónica certificada El correo electrónico no es el único sistema que puede ser certificado por este tipo de compañías.

El régimen de las notificaciones electrónicas resulta, a nuestro juicio, uno de los aspectos más cuestionables de la LPAC, que parece olvidar algo tan elemental en términos de principios y garantías como es el hecho de que de la correcta práctica de las notificaciones y de la fehaciencia de su recepción por el destinatario depende la eficacia de los actos administrativos o el inicio de los cómputos de los plazos para recurrirlos en ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Si no hay conciliación, se interpondrá una querella, en la que sí debes estar asistido de abogado y procurador. Por intermediarios se entiende a aquellas empresas proveedoras de servicios como Google o Facebook que aunque comparten contenido y permiten buscarlo, no lo editan ni lo crean, sólo lo difunden. En España empiezan a surgir iniciativas interesantes focalizadas en la innovación en el Derecho. No obstante esta ley ha sido recurrida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por inconstitucional. La Ley 39/2015 establece en su artículo 14 que las personas jurídicas (por ejemplo sociedades de cualquier tipo, incluidas las sociedades profesionales, asociaciones, etc.), y también quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria (como es el caso de los abogados, procuradores, la mayor parte de los ingenieros e ingenieros técnicos, arquitectos, médicos etc.), estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Quizás, estos datos que se reflejan en un ordenador personal puedan tacharse de irrelevantes o livianos si se consideran aisladamente, pero si se analizan en su conjunto, una vez convenientemente entremezclados, no cabe duda que configuran todos ellos un perfil altamente descriptivo de la personalidad de su titular, que es preciso proteger frente a la intromisión de terceros o de los poderes públicos, por cuanto atañen, en definitiva, a la misma peculiaridad o individualidad de la persona. Por ello, es frecuente hallar advertencias de los administradores webs en la que manifiestan no estar de acuerdo con todas las opiniones vertidas en su entorno. Por todo ello, cuando hablamos de que las consecuencias del incumplimiento del plazo fijado en la citada disposición final de la ya derogada LAESP para su aplicación, debemos apuntar que el incumplimiento cronológicamente exacto puede carecer de consecuencias directas, pero que a medio plazo, la Ley se debía cumplir, incluso sin la contundencia de la actual Ley 39/2015 de procedimiento, sobre todo porque ya reconocía un nuevo catálogo de derechos de los ciudadanos que éstos en realidad podían hacer valer en cualquier momento a partir de las cero horas y un segundo del día de año nuevo de 2010.

La previsión de recursos y la habilitación del tiempo suficiente para posibilitar que la comunidad académica no quede al margen en este tránsito también describe una objetivo exigible a los gestores universitarios. Desde el punto de vista legal, el artículo 299.2 de la vigente Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, ya prevé la aceptación de los medios de prueba electrónicos: “También se admitirán, conforme a lo dispuesto en esta Ley, los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso”. ¿Qué es el 'derecho al olvido'? El denominado 'derecho al olvido' es la manifestación de los tradicionales derechos de y cancelación y oposición aplicados a los buscadores de internet. El empresario tiene que controlar el uso del ordenador, porque en él se cumple la prestación laboral y, por tanto, ha de comprobar si su uso se ajusta a las finalidades que lo justifican, ya que en otro caso estaría retribuyendo como tiempo de trabajo el dedicado a actividades extralaborales. En una era en que cualquiera puede ser “googleado” o “wikipediado”, es natural que muchas veces nos topemos con información que pueda significar una mancha en la reputación de un individuo o que incluso implique un daño a la imagen pública de ésta. Jurisprudencia reciente.

Esa tolerancia crea una expectativa también general de confidencialidad en esos usos; expectativa que no puede ser desconocida, aunque tampoco convertirse en un impedimento permanente del control empresarial, porque, aunque el trabajador tiene derecho al respeto a su intimidad, no puede imponer ese respeto cuando utiliza un medio proporcionado por la empresa en contra de las instrucciones establecidas por ésta para su uso y al margen de los controles previstos para esa utilización y para garantizar la permanencia del servicio. T anto los derechos fundamentales a la intimidad, el honor y la propia imagen , como el derecho a la privacidad personal están siendo objeto de graves intrusiones como consecuencia de la expansión de Internet , de la aparición de nuevos servicios o nline y de la utilización de las redes sociales. Afirmación a la que debemos añadir la consideración de que el uso que haya hecho Juez de su facultad de libre apreciación o apreciación en conciencia de las pruebas practicadas en el juicio, siempre que tal proceso valorativo se motive o razone adecuadamente la sentencia ( STC 17-12-85 , 23-6-86 , 13-5-87 , 2-7-90, 4-12-92 y 30-10-94, entre otras) únicamente deba ser rectificado, bien cuando en verdad sea ficticio o bien cuando un detenido y ponderado examen de las actuaciones ponga de relieve un manifiesto y claro error del Juzgador "a quo" de tal magnitud y diafanidad que haga necesaria, con criterios objetivos y sin riesgo de incurrir en discutibles y subjetivas interpretaciones del componente probatorio existente en autos, una modificación de la realidad fáctica establecida en la resolución apelada.

Transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación, si el destinatario no ha accedido a ella, se considerará rechazada, lo que implica que se entiende correctamente realizada, pero ya no se podrá leer su contenido. Desde luego, las nuevas tecnologías no iban a ser una excepción. Para perseguir la calumnia o la injuria la víctima ha de presentar una querella (mientras que la denuncia supone poner unos hechos en conocimiento de la autoridad, la querella implica, además, querer ser parte acusadora en el proceso penal). Manifestaciones de este tipo pueden afectar gravemente a la reputación on line de una persona, dado el efecto viral de la información en Internet y en las redes sociales. Artículo 209 CP: “Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses”. Una vez hecho esto aparece la opción de Este usuario es abusivo. Y que la falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

Esto es, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Por este motivo, por extendida que esté la práctica de etiquetar y publicar en Internet imágenes de terceros, este uso social no puede amparar la renuncia de nadie a su propia imagen, al tratarse de un derecho fundamental y, por tanto, indisponible. Esto parece implicar que la copia auténtica corresponde conseguirla a quien está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, ya que habrá de presentar la documentación en ese modo. En lo relativo a la forma de prestación del consentimiento, hemos manifestado que este no precisa ser expreso, admitiéndose también un consentimiento tácito. Hay que ir hasta el artículo 211 del Código Penal para tener un respaldo. Especialización de la estafa a través del Phishing No obstante, el delito que más ha crecido en los últimos años es el de la estafa de Phishing. De ser así, supondría una novedad muy relevante, dado que una de las mayores dificultades que en la práctica de las notificaciones se ha encontrado la Administración ha sido precisamente el de requerir la firma electrónica para entender que ésta cumplía con el requisito de ser fehaciente.

Es evidente que estas actas no garantizan la identidad de los comunicantes, ni su capacidad, o la inexistencia de manipulaciones, pero sí acreditarán en juicio de forma inatacable la existencia –en un momento determinado, y en cierto teléfono u ordenador– de una oferta comercial, una forma de publicidad, una declaración, o cualquier otro hecho con trascendencia procesal. Esto se hace a través de un procedimiento adecuado de extracción y conservación, lo que se denomina “cadena de custodia”. Los hechos se remontan al día 19 de agosto de 2014, fecha en la cual se publicaron en distintos medios de comunicación que la titular de un juzgado de Málaga había dictado auto de libertad para tres jóvenes imputados por un delito de violación. Así, por sólo citar los datos que se refieren a las comunicaciones electrónicas, los operadores deben conservar los «Datos necesarios para rastrear e identificar el origen de una comunicación: ...Con respecto al acceso a Internet, correo electrónico por Internet y telefonía por Internet: i) La identificación de usuario asignada. Por otra parte, el que diga que otra persona ha cometido un delito siendo mentira o no habiéndose preocupado de comprobar si es verdad o no, estará cometiendo un delito de calumnias. El delito se entenderá consumado en el momento en el que la injuria se publique en la red siendo los mas frecuentes las publicadas por Facebook o por WhatsApp o Twitter. La única posibilidad de revocar ese derecho es si eliminamos la fotografía de la red social o nos demos de baja de nuestra cuenta.

Acotar Internet, ponerle vallas al campo, no es factible, sin embargo sí que se hace necesario establecer unos medios, procedimientos y recursos adecuados a la naturaleza de la Red que permitan proceder eficazmente contra las personas que no aplican, en el uso de Internet, el sentido común ni cumplen con las normas, tal y como sería de esperar que hicieran en el mundo off line. Por lo tanto, se admite que, en determinados casos, sí resulta procedente la captación de la imagen, así como su utilización y difusión, cuando está conectada con una información veraz y de relevancia pública. La normativa abre la puerta a que los proveedores de internet puedan discriminar el tráfico (bajo el término de "servicios especiales") y posibilita prácticas como el 'zero rating', de forma que pueden determinar que los datos consumidos por una aplicación no se carguen en la tarifa de datos, condicionando así los servicios a los que acceden los usuarios. En ese sentido, podemos verificar el impacto que tienen las redes sociales en la actualidad y las repercusiones que pueden tener incluso en el ámbito laboral; y es por ello que considero relevante destacar a los lectores que es muy importante tomar consciencia sobre el uso de dicha herramienta, ya que puede acarrearnos problemas incluso en relación laboral con la compañía a la que prestemos servicio. Facebook, Twitter, Linkedin, pueden ser algunos ejemplos de los ejemplos de Redes Sociales que miles de personas visitan cada día o con alguna periodicidad, algunos más, otros menos y otros demasiado.

Y en relación con el desarrollo de la red de conexión tanto diversas entidades internacionales como algunos Gobiernos han impulsado distintas iniciativas al respecto. Si crees que eres objeto de insultos o difamación en internet y redes sociales, puedes actuar. En este punto no puede desconocerse que los efectos socialmente nocivos de determinados hechos delictivos pueden verse incrementados exponencialmente desde el momento en que se alcanza la convicción social de su impunidad, con el consiguiente fracaso de los fines preventivos que su tipificación penal persigue. No obstante, como es evidente, la presentación en día inhábil se entenderá realizada el primer día hábil siguiente, salvo que la norma permita la recepción en día inhábil expresamente. Por su parte, el artículo 287 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y el artículo 90 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, determinan las condiciones de la licitud o ilicitud de la prueba. Como apunta, la difusión de imágenes captadas con consentimiento de los interesados, o mediante técnicas lícitas de captación de imágenes (por ejemplo, cámaras de seguridad), no resultaría delictiva. En cualquier caso, cualquier documento o comunicación electrónica -correo electrónico, whatsapp, SMS, etc.- debe aportarse al procedimiento como ya hemos dicho, siempre que sea posible, en soporte electrónico –copia digital- además de transcribir el texto en papel impreso donde conste, en su caso, la cabecera e incluso los mensajes encadenados a efectos de dar mayor verosimilitud.

Esta cuestión está regulada, como no podría ser de otra manera, en la nueva LPA, aunque también en la LRJSP, y se trata de un aspecto muy importante, dado que del mismo dependerá entre otras cuestiones el ejercicio del derecho de acceso al expediente por el interesado, aunque también es posible que deba acudirse a él por la propia Administración u otra, piénsese en una revisión de oficio. Algo que permitiría erradicar la sensación de impunidad que sobre este tipo de conductas puede tener el ciudadano.

RIESGOS/GESTIÓN DE CRISIS EN REDES En todo entorno comunicativo pueden surgir situaciones desagradables, de crisis, que en un entorno digital deben ser tratadas con mucho cuidado y responsabilidad. Por su parte, en Twitter hay que pulsar en el botón de Ajustes, desde donde se puede bloquear o reportar. Órganos colegiados y Conferencias Sectoriales En relación con los órganos colegiados de las Administraciones Públicas, se facilita la convocatoria través de la celebración de sesiones a distancia por medios electrónicos, siempre que se asegure (i) la identidad de sus miembros; (ii) el contenido de sus manifestaciones; (iii) el momento en el que estas se producen; (iv) la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real; y (v) la disponibilidad de estos medios durante la celebración de la sesión.

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