sábado, 26 de enero de 2013

Escuchas autorizadas por el juez

Madre míavuelve a la Facultad (si pasaste por una de derecho). Probablemente seas el asesor de las diputaciones vascas. Que también se pasaron la "primacía" por los huevos.

Te aconsejo que leas la Sentencia Costa vs ENEL donde nace el principio de primacía del derecho comunitario, y la Sentencia Van Geed & Loos por la que nace el "efecto directo" de las normas europeas. Te cito: Con arreglo al principio de primacía, el Derecho europeo tienen un valor superior a los Derechos nacionales de los Estados miembros.

El principio de primacía es válido para todos los actos europeos de aplicación obligatoria. Por lo tanto, los Estados miembros no pueden aplicar una norma nacional contraria al Derecho europeo. Y te pego la página oficial de la UE:

Pero que me cites al TEDH, que no tiene nada que ver con la legislación comunitaria es para flipar en colores. Que tiene que ver el TEDH defensor del Convenio de Roma con el Derecho Comunitario, nacido de las Comunidades Europeas, actual Unión Europea. Madre mía!!!! Así nos va en este país!!!

Las escuchas en caso de terrorismo están permitidas por la ley.El juez que llamo cabrones a los imputados se abstuvo (se retiro del caso), por lo que fueron juzgados por otro juez.

Lo mejor es lo de los derechos cosntitucionales de Declaración Universal de los Derechos Humanos!!!! Eso es para que te releas un pococ que esa Declaración no es un tratado y es solo una Resolución de la AG de Naciones Unidas, y solo por cristalización, han devenido algunos preceptos en costumbre del "ius cogens" internacional

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