Se entenderá por llamada infructuosa aquella comunicación en el transcurso de la cual se ha realizado con éxito una llamada telefónica pero sin contestación, o en la que ha habido una intervención por parte del operador u operadores involucrados en la llamada». Elemento subjetivo: requiere además de un dolo genérico (conocimiento y voluntad de la acción injuriosa), otro específico que comprende un ánimo de injuriar, que debe inferirse del comportamiento y manifestaciones externas del autor de la conducta. Las redes sociales se han convertido en una herramienta esencial de comunicación personal, profesional y comercial. Al mismo tiempo que crecía la oferta de redes y el número de usuarios se ha producido el desembarco en las redes de medios de comunicación, empresas e incluso administraciones públicas. No olvidemos, además, que el delito de injurias y calumnias es un delito privado, a salvo de los casos en que se dirija contra funcionario público, en cuyo caso se procederá de oficio.
No obstante, de entre todas las novedades que podemos apreciar en la regulación de la denuncia efectuada por la LPAC, destaca sobremanera la (abrupta) introducción en nuestro procedimiento administrativo sancionador del denominado programa o cláusula de clemencia y de la figura del delator, que, en última instancia, de forma indirecta, minorará a nuestro juicio los recursos contenciosos-administrativos en detrimento (solapado) del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. En cambio, las personas físicas podrán elegir si, para el ejercicio de sus derechos y obligaciones con las Administraciones Públicas, se comunican a través de medios electrónicos o no, si bien el medio elegido podrá ser modificado en cualquier momento. Eso sí, también tienen límites. Comentarios negativos en internet en contra de los intereses de la empresa Comentarios negativos en internet Opiniones negativas en internet Referente al conflicto o choque de dos derechos fundamentales (el derecho al honor del artículo 18 y el derecho a la libertad de expresión e información del artículo 2 el Tribunal Supremo en su Sentencia 69/2016 establece: “En todo caso ni la información ni la opinión o crítica pueden manifestarse a través de frases y expresiones ultrajantes u ofensivas, sin relación con la noticia que se comunique o con las ideas u opiniones que se expongan, y por tanto, innecesarias a tales propósitos.
Rellene el formulario adjunto o llámenos y el abogado penalista de experto en injurias con publicidad digital más cercano a usted le contactará a la mayor brevedad para ayudarle a defender sus derechos He recibido varias consultas en relación a insultos y difamación en internet. En estos casos también será responsable civilmente la persona física o jurídica propietaria del medio informativo por el que se difundiera la calumnia. Es más, tampoco prosperaría una acción de inactividad frente a la administración obligada pues el vencimiento del plazo sería el amparado por la Disposición Final (que vencería toda la fuerza de normativa transitoria derivada de la Ley 11/2007 y reglamentos concordantes). Parece oportuno comenzar hablando de la propia oportunidad de esta regulación, como primera novedad que se presenta, es decir, que ahora y a diferencia de lo que venía sucediendo, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPA) integra la regulación de la Administración electrónica en su articulado, si bien ciertos aspectos también relevantes se encuentran en la Ley 40/2015, de la misma fecha, de Régimen Jurídico del Sector Público (en lo sucesivo LRJSP), por entender el legislador que se refieren a las relaciones ad intra de las Administraciones y no de aquellas ad extra que entabla con los interesados.
Y está claro que un mundo en el que las contraseñas más utilizadas son “password” y “123456”, lo que prima es la comodidad. UN MÁSTER A LA ALTURA DE LAS NUEVAS NECESIDADES DEL MERCADO La era de la información y la incursión de las nuevas tecnologías han transformado los hábitos de las personas y de las empresas: la forma de relacionarse, vender, prestar servicios, crear, inventar, compartir, formalizar contratos, emitir facturas, subastar bienes o identificarse? ha cambiado y está planteando nuevos retos legales. Deberá tratarse de una persona física e imputable penalmente. VI. Aprender sobre la regulación del comercio electrónico - Conocer los aspectos legales en las redes sociales. Y lo que aún es más grave, ni siquiera se pone a su disposición la asistencia en el empleo de los mismos, lo que entiendo que debería ser obligatorio, dado que de otro modo se está creando una carga excesiva e injustificada sobre ellos. No tenemos ninguna duda de tal posibilidad, máxime tras analizar el criterio jurisprudencial sentado por la STS de 3 dic 2008 (rec. Zugspitze argumenta que con esta aseveración estamos pasando por algo un punto más importante: la tecnología es un facilitador de los derechos, no un derecho en sí.
Y el delito de calumnia es la imputación de un delito con conocimiento de su falsedad. donde se exime de dicha certificación, cuando deban de practicarse diligencias con carácter de urgencia. La Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el acceso a Internet como un derecho humano por ser una herramienta que favorece el crecimiento y el progreso de la sociedad en su conjunto. Se trataría de un serio intento doctrinal de evitar la disociación de la sociedad en razón a su conocimiento o ignorancia de estas nuevas tecnologías de la información y de la comunicación. ¿Qué es el código MIME? Multipurpose Internet Mail Extensions o MIME (en español “extensiones multipropósito de correo de internet”) son una serie de convenciones o especificaciones dirigidas al intercambio a través de Internet de todo tipo de archivos (texto, audio, vídeo, etc.) de forma transparente para el usuario. La diferencia esencial entre ambos delitos radica en que cuando alguien calumnia acusa a la víctima de un delito que no ha cometido a sabiendas de que la acusación es falsa. Mediante este sistema, la cifra se podría dividir por diez y rebajarse hasta los 40.000 euros". En gestores de correo tipo Outlook, bastaría con copiar de la bandeja de entrada y pegarlo en el soporte que queramos entregar, sea un CD o un pendrive.
Por lo tanto junto con la demanda deberá entregarse un soporte digital con los correos y nada impide que, además, se presente su transcripción en papel, pero como eso, no como el único medio de prueba, si no para facilitar al juez su lectura y valoración. Por tanto, habrá que entender que dichos órganos lo remitirán después a aquél que esté habilitado a tales efectos. Es especialmente interesante en este sentido una sentencia del Tribunal Supremo de 25 de febrero de 2009 que determina que la libertad de expresión no es sólo una manifestación de pensamientos e ideas, sino que puede incluir la crítica de la conducta de los demás, incluso cuando puede que moleste a aquel contra quien se dirige. Un correo electrónico no deja de ser un documento editable y manipulable con intenciones interesadas. Este sistema acabará extendiéndose en poco tiempo y a todos los niveles como ya ocurre Los medios probatorios de los que las partes pueden valerse en juicio vienen definidos en el artículo 299 LEC: el interrogatorio de las partes, la prueba documental, pericial, testifical y de reconocimiento judicial, la prueba de reproducción de sonidos e imágenes, así como también el análisis de las presunciones. Cuando el responsable del tratamiento haya autorizado a un tercero a publicar datos personales, será considerado responsable de esa publicación.
El Tribunal italiano dio la razón al hombre indicando que no puede considerarse ilícito el descubrimiento casual del contenido de los SMS, aunque sean personales, fácilmente legibles en un teléfono móvil dejado en un espacio común de la casa familiar. Se justifica por la Ley (igual que en los casos anteriores) en que existan razones de interés público o se aprecie falta de complejidad del procedimiento. [El resaltado es mío] Ahora bien, desde una perspectiva de Derecho Procesal, no existe un procedimiento probatorio especial para valorar la prueba electrónica, es decir, para los medios de prueba electrónicos. El otro problema es el del valor probatorio de estas actas. No olvidar que proteger la contraseña es muy importante. Por su parte, el delito de injurias se incluye en el artículo 208 del Código Penal y consiste únicamente en "la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".
Además, «los responsables del tratamiento de los datos deberán asegurarse de que las imágenes digitales de las personas que no sean usuarios registrados del servicio o no hayan dado su consentimiento en otra forma para tal tratamiento únicamente sean objeto de tratamiento en la medida en que el responsable de los datos tenga un interés legítimo en el mismo»0. Se han señalado, entre otras razones, el desigual acceso al servicio universal de telecomunicaciones en todo el territorio, la falta de cultura administrativa en el empleo de medios electrónicos, etc. En redes sociales en general, se va a tener en cuenta que llega a un público muy grande, es decir que es muy fácil la ofensa fácil y el escarnio público (decir cosas para que el resto lo vea) y el hecho de que la otra persona nos ofenda también a nosotros a través del mismo medio. En su texto se modifica el artículo 27 del anterior Real Decreto 424/2005, ya citado, en el sentido de establecer que el servicio universal es «el conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio razonable».
Regulación internacional. Por otro lado, no olvidar que resulta perfectamente posible la aportación al proceso como medio de prueba de cualquier instrumento de filmación, grabación y semejantes, como expresamente prevé, entre otros, el artículo 382 de la LEC, que se refiere a la reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso (Sección 8ª del capítulo VI del Título I del Libro II de la LEC). auto-juzgado-de-palma Hoy en día está más que claro que los medios electrónicos son de uso obligatorio para las AAPP, las personas jurídicas y los profesionales colegiados (como abogados, el ejemplo de la imagen). ¿Cómo debería garantizarse el hipotético derecho de acceso a las telecomunicaciones? ¿Cómo debería garantizarse el hipotético derecho de acceso a las telecomunicaciones? INTERNET COMO DERECHO FUNDAMENTAL ¿Debería por tanto recoger nuestra Carta Magna exclusivamente el acceso a la Red equiparándolo a la electricidad o la luz como propone Ciudadanos, o sería necesario reforzar sus vinculaciones con la libertad de expresión, como ya destacaba la ONU? El derecho a acceder a internet ya está garantizado con la máxima protección constitucional precisamente por esas vinculaciones, a juicio, pero se reforzaría si se mencionara explícitamente en el artículo 20 de la Constitución.
Sin embargo, dado que la obligatoriedad de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones, para personas jurídicas y profesionales de colegiación obligatoria, entra en vigor ya, parece conveniente que se adopten las medidas necesarias para poder hacerlo sin problemas, al menos con aquellas Administraciones que ya tienen operativos sus servicios electrónicos para ese procedimiento. El denunciante también puede enviar esa dirección a un correo electrónico de eGarante con la URL, que queda automáticamente capturada, guardada en formato PDF y remitida al ciudadano de forma gratuita. Objetivos Conocer el régimen jurídico general. Hay muchas cosas que hacemos o pensamos que estamos dispuestos a decírselas a nuestro médico, a nuestro abogado, a nuestra esposa, a nuestro mejor amigo las cuales nos pondría en un serio apuro si se hicieran públicas. Más que una posibilidad de comunicación, se está convirtiendo en una necesidad debido al periodo de globalización que hoy se vive. En este sentido, si bien la aún vigente Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los Ciudadanos a los servicios públicos, posibilita a los ciudadanos el acceso electrónico a los servicios públicos, la LPAC, al incorporar la tramitación electrónica como el medio habitual de relacionarse con los ciudadanos, permite además a la Administración situarse en condiciones de asumir un papel destacado a la hora de satisfacer las exigencias y prestar los servicios que la sociedad precisa.
En todo caso, «los responsables del tratamiento de los datos deberán garantizar que los datos extraídos de una imagen digital para elaborar una plantilla no sean excesivos y contengan solamente la información necesaria para el fin previsto, evitando así cualquier tratamiento posible en el futuro», además de asegurarse de que las plantillas no pudieran «ser transferibles de un sistema de reconocimiento facial a otro». Así que, no te preocupes, puedes hacer uso de los correos electrónicos aunque existan cláusulas de privacidad. Los datos que ofrece la Memoria Anual de la Fiscalía del año 2015 revelan que en el año 2014 llegaron a conocimiento del Ministerio Fiscal un total de 20.534 procedimientos judiciales por este tipo de ilícitos, lo que supone un incremento en un 71,21 % respecto de los 11.990 procedimientos registrados como tales en el año 2013 y en más de un 210 % respecto de los 6.532 identificados en 2011. A este respecto resulta fundamental otra cuestión prevista en la nueva LPA, en particular, en el artículo 27 al que se remite el artículo 16.5, me refiero a las copias auténticas, a la que me referiré más tarde.
Pero, ¿qué efectos tienen los mensajes enviados por alguno de estos medios, y cuál puede ser la función del notario en estos casos? El que manda un email, escribe un whatsapp, o un tuit, está creando un documento. Desde la web señalan que “…esta conducta está formada por la gravedad de la imputación y la veracidad de la misma (ST Audiencia Provincial de Gerona 591/2002, de 20 de noviembre)y se requiere la utilización de términos insultantes por sí mismos, en este sentido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional 111/2000 de 5 de mayo, ha establecido que la Constitución no prohíbe el uso de expresiones hirientes, molestas o desabridas, lo que hace es excluir las expresiones absolutamente vejatorias, es decir aquellas que, dadas las concretas circunstancias del caso, y al margen de su veracidad o inveracidad, sean ofensivas u oprobiosas y resulten impertinentes para expresar las opiniones o informaciones de que se trate, por tanto la Constitución no ampara el derecho al insulto”.
Estas reglas son aplicables a los procedimientos administrativos que se inicien a partir de 2 de octubre de 2016. Teniendo un carácter previo a la presentación de la querella para que ésta pueda ser admitida. Finalmente, «el responsable del tratamiento de los datos deberá facilitar a las personas afectadas los mecanismos adecuados para ejercer su derecho de acceso, cuando proceda, tanto a las imágenes originales como a las plantillas generadas en el contexto del reconocimiento facial». Por lo tanto, también la condena. Recientemente supimos de una sentencia que condenaba al difamador a publicar su condena en su propia cuenta de Twitter. Aunque Protección de Datos Personales indica a grandes rasgos que cada individuo puede ratificar u oponerse a los datos sobre su persona en posesión de los particulares, la situación se complica cuando tomamos en cuenta que servidores como Google responden a una legislación diferente, por lo tanto: ¿qué procede cuando un usuario quiere oponerse a la información que encuentra sobre su persona en ese servidor? En síntesis el derecho al olvido consiste en que una persona pueda suprimir información de su pasado que dañe su imagen hoy día; podríamos poner por ejemplo una foto comprometedora que es irrelevante con su actuar cotidiano, pero que afecta su reputación al ser una de las primeras imágenes que aparecen cuando se busca su nombre en un servidor.
No somos robots, somos personas que pueden cometer errores. Por poner algunos ejemplos, la fuerza que pueden tener los proveedores de acceso o de contenido a la red o la posibilidad que tienen buscadores como Yahoo, Google o Bing (Microsoft), de establecer mecanismos de censura privados, incluso de manera opaca, sin conocimiento de su existencia por parte de los ciudadanos o de las administraciones públicas nacionales, que pueden suponer una enorme amenaza para el ejercicio de las libertades ciudadanas. El Derecho debe de evolucionar otorgando respuestas a las preguntas y soluciones a los problemas. En sus alegaciones, el Gobierno británico acepto que, en este caso, «si bien se efectuó cierto seguimiento de las llamadas, el correo electrónico y la navegación por Internet de la demandante con anterioridad a noviembre de 1999, no se llegó a interceptar las llamadas telefónicas ni a analizar el contenido de las páginas web visitadas por ella».
A pesar de todo ello, según datos de la propia Agencia, las reclamaciones sobre «derecho al olvido» han aumentado en 2011 un ochenta por ciento en relación con las reclamaciones presentadas en el año 2010. En materia probatoria el fin no justifica los medios. Sobre los sábados como días inhábiles, ver Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas Lejos de los artículos doctrinales que han abordado con sus comentarios las críticas sobre los defectos y virtudes del paradigma actual en el acervo normativo administrativo español sobre las relaciones electrónicas entre la administración y los administrados, vamos a tratar el tema de una forma sencilla y simple. Además, es necesario que el autor actúe con ánimo de infamar o agraviar al destinatario de la imputación. No obstante, la nueva norma pretende el tratamiento unitario de la cuestión. Por lo que se refiere a la terminación del procedimiento y, principalmente, la resolución, el artículo 88 se limita a establecer que sin perjuicio del modo en que se haga la notificación, la resolución será electrónica. Artículo 206 CP: “Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a veinticuatro meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a doce meses”.
En definitiva, ninguna de estas prevenciones conseguirá probar de forma indubitada que verdaderamente fue una determinada persona quien escribió o recibió el correo pero, sumadas a las circunstancias antes expuestas, harán que resulte muy razonable pensar que sí lo hizo o que sea más verosímil pensar que no fue así. Habilidades del community manager: Capacidad de comunicar de forma escrita (provocar una reacción en el receptor del mensaje) Capacidad de síntesis Conocimientos informáticos Saber optimizar motores de búsqueda (SEO) Conocimientos audiovisuales Conocimientos en analítica Conocer la marca que gestiona Capacidad para improvisar (por si el plan A falla) Además de las anteriores, el community manager legal debe tener las siguientes competencias: Conocimiento del sector jurídico Saber detectar información de interés y aportar ideas al despacho Tener una visión estratégica acorde con estos objetivos Tener capacidad para tratar con los socios ¿QUÉ NOS ESPERA EN EL FUTURO? Vivimos una época emocionante en el sector del marketing jurídico y llena de cambios en la que las preferencias de los clientes, los avances tecnológicos, la inmediatez y el aumento de la competencia nos empuja a innovar y ser disruptivos. "La criminalidad real en este tipo de delitos es muy superior a la oficial.
Como una mera y automática trasposición del programa de clemencia regulado en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y obviando las fundadas advertencias del Consejo de Estado], o las que se hicieron durante la tramitación parlamentaria, la LPAC, en su artículo 62.4 extiende indiscriminadamente a la totalidad de procedimientos sancionadores en los que se invoque o exista un perjuicio para el patrimonio de las Administraciones Públicas el llamado programa de clemencia. No deberíamos tener la misma contraseña para todas las redes sociales, correos, etc. pretende recoger, en los quince capítulos que lo componen, las opiniones de destacados juristas, donde se describen y se analizan con rigor diferentes aspectos de gran impacto en el mundo del derecho digital, que van desde los aspectos jurídicos de la propia gobernanza de internet, hasta la regulación de aspectos tales como la ciberseguridad, el Big Data, el Cloud Computing, el comercio electrónico, la protección de la reputación online, el derecho al olvido y a la libertad de expresión de Internet, la neutralidad de la red, la prueba digital, o la retención de datos.
Hay países que ya están legislando el derecho a acceder a Internet Según una encuesta elaborada por BBC World Service, casi cuatro de cada cinco personas en todo el mundo creen que el acceso a Internet es un derecho fundamental. En el ámbito laboral, con menor rigor que en el penal, está garantizado a priori el secreto de las comunicaciones que consagra el artículo 18,3 de la Constitución, así como la interceptación de las mismas, lo que supone en sentido amplio la imposibilidad de apertura de correspondencia o correo electrónico y cualquier otro medio de mensajería. Así, en Italia está en estos momentos en discusión parlamentaria un Proyecto de Ley sobre difamación2 con una serie de enmiendas que, si se aprobaran, podría permitiría a cualquier persona que considere que una entrada en Wikipedia es ofensiva a su imagen, la posibilidad de ordenar la corrección o la eliminación de dicho contenido. Aunque en estos temas la elaboración de las conclusiones no puede tener sino una finalidad esencialmente provisional, sí me gustaría poner algunos aspectos de manifiesto. Me refiero, a que cuando en el mismo se dice que esas copias auténticas tendrán validez en las restantes Administraciones, no parece que ello excluya que no la tenga fuera de ese ámbito y, en concreto, en el judicial.
Sin ni siquiera solicitar el nombre y la dirección de la persona es posible incluirla en una categoría, sobre la base de criterios socioeconómicos, psicológicos, filosóficos o de otro tipo, y atribuirle determinadas decisiones puesto que el punto de contacto del individuo (un ordenador) hace innecesario conocer su identidad en sentido estricto». , siguiendo sus instrucciones, le dejó un sobre con dicha cantidad de dinero dentro del vehículo, el mismo que habría sido recogido por. En similar sentido se pronuncian ante la impugnación de correos electrónicos las sentencias de la Audiencia Provincial de La Rioja, sec. Es decir, que puede que se tengan por no presentados (artículo 269 LEC): "Cuando con la demanda, la contestación , no se presentara alguno de los documentos, medios, instrumentos, dictámenes e informes que han de aportarse en esos momentos no podrá ya la parte presentar el documento posteriormente, excepto en los casos previstos en el artículo siguiente." Por lo tanto podemos empezar el juicio sin prueba documental, y si es la única de la que disponemos...
Por su parte, en el caso de injurias consistentes en imputación de hechos, sólo se considerarán como graves si se hacen con temerario desprecio a la verdad o con conocimiento de su falsedad. Para ello tenemos que tener claro nuestro social media plan, a quién nos vamos a dirigir, cuál va a ser nuestro público objetivo, nuestros lectores, pero siendo conscientes de que en realidad nos va a leer cualquier persona con múltiples intereses, qué contenido vamos a compartir, qué valores vamos a transmitir, qué expectativas de resultados tenemos,… En las redes sociales no se improvisa. También «el derecho igualitario para hombres y mujeres», el «derecho a un acceso asequible», el derecho «al acceso en el lugar de trabajo», el «derecho al acceso público» y el «derecho a acceder y crear contenidos cultural y lingüísticamente diversos». Aunque el debate sobre la necesidad de incorporar al orden jurídico nuevos derechos fundamentales no es nuevo en la teoría jurídica, es cierto que en la actualidad estamos asistiendo a unos cambios tecnológicos tan acelerados que muchas de las categorías jurídicas que se han utilizado hasta ahora están dejando de ser útiles o muestran graves carencias a la hora de resolver los problemas generados por las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
Saber reconocer un error y rectificar a tiempo es clave. Te formarás como especialista en propiedad intelectual y su tratamiento y defensa en el entorno digital. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. Sin em bargo, aún no se han fijado unas pautas precisas que ayuden a determinar cuá ndo el menor goza de madurez suficiente para poder actuar en este ámbito sin la necesidad de contar con el consentimiento de los padres titulares de la patria potestad o de sus representantes legales. Aunque espacios como Facebook y Twitter han implementado medidas para denunciar este tipo de actividades, se trata de políticas de empresas privados. Y así «Principios básicos como la limitación en función del objetivo, la proporcionalidad, la legitimidad del tratamiento de datos, los límites del período de almacenamiento, la seguridad y la confidencialidad, así como el respeto a los derechos individuales, el control por unas autoridades de supervisión nacionales independientes y el acceso a recurso judicial efectivo deben quedar garantizados, y debe establecerse un sistema general de protección».
Además, es necesario resaltar que en el caso de este delito, para ser juzgado, tanto los hechos como la persona a la que se les atribuye deben estar claramente identificados. Al finalizar, contarás con un conocimiento profundo de esta nueva visión del Derecho y estarás preparado para ofrecer asesoría al más alto nivel a multinacionales, ya sea desde el departamento jurídico de una empresa o desde un despacho de abogados, o formar parte de organismos reguladores. Sobre la base de lo anterior, puede resultar interesante preguntarse antes que nada qué acredita un correo electrónico cuando el mismo se considera auténtico.
Injurias agravadas por ser hechas con publicidad por internet Al tratarse de una injuria realizada en el ámbito y con publicidad en internet, y con mucha frecuencia mediante la publicidad en redes sociales, tenemos un tipo agravado de injuria hecha con publicidad. Veamos algunas claves de los delitos contra el honor en internet y en otros medios: Pueden producirse conflictos entre la libertad de expresión y el derecho al honor. Intenta cambiar cada cierto tiempo y no uses contraseñas sencillas tipo: correlaciones de números, nombres de mascotas, número de teléfono, etc. Facilitan a los ciudadanos la interacción con las organizaciones y a los trabajadores les permiten flexibilizar y mejorar sus condiciones de trabajo: la flexibilización puede pasar por el horario, por la movilidad, y la posibilidad de trabajar desde sus casas con el ordenador…
Las principales ventajas que tiene la introducción de la administración electrónica para los ciudadanos de las organizaciones son: Disponibilidad: Se puede interactuar con las organizaciones las 24 horas del día (por teléfono con servicios de atención telefónica o por internet a través de las llamadas “oficinas virtuales”). será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria; en el caso de Internet, ello alcanzaría al propietario del servidor en el que se publicó el contenido constitutivo de delito; no obstante, en estos casos no existe, actualmente, doctrina o jurisprudencia clara en este extremo y entendemos que debería tenerse en cuenta si la red social tuvo conocimiento de los hechos En este sentido, el artículo 16 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que algunos Juzgados han entendido aplicable a estos supuestos, en lo relativo a la responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos, dispone que los mismos no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario, cuando no tengan conocimiento de que la actividad o información almacenada es ilícita o lesiona bienes o derechos de terceros, o que, de tenerlo, actúen con diligencia para retirar dichos datos. Los retos de la Administración electrónica Llegados a este punto, una vez que han sido expuestas las principales novedades contenidas en la LPAC sobre la Administración electrónica, debemos por último detenernos en los retos que conlleva su implantación.
De hecho, como señala la Agencia Española de Protección de Datos en su Memoria de 2011, «la popularización de estos servicios, su implantación en redes sociales como Facebook o en servicios de reconocimiento facial y etiquetado de fotografías como “Find my Face” de Google, conlleva una serie de desafíos para la privacidad, como puede ser el tratamiento de imágenes digitales de personas que no utilizan el servicio y no han dado su consentimiento para ello, o la utilización de las imágenes para otras finalidades distintas para las que fueron tomadas». El carácter técnico-informático de la prueba electrónica no justifica, en mi opinión, la aplicación automática de un sistema de valoración de prueba tasada. ¿Qué podemos hacer para evitarlo? Hacer captura de pantalla de la publicación, levantar acta notarial o certificar su contenido web; actualmente hay empresas que actúan como testigos on line, certificando el contenido encontrado en Internet.
Concretamente, las redes sociales de Internet han ganado su lugar de una manera vertiginosa hasta convertirse en prometedores negocios para empresas, artistas, marcas, freelances y, sobre todo, en lugares para encuentro, contacto con amigos, saber lo que están haciendo en cada momento, compartir con ellos fotos y vídeos, reencontrarse con los compañeros del colegio, seguir de cerca a tus ídolos, formar parte de clubes de fans, compartir pasión por el cine con la gente que tiene los mismos intereses que tú, invitar a un amigo que vive a varios kilómetros a tomar un café, etc. Por supuesto, que también cabe la utilización, según los casos, del resto de los medios de prueba admitidos por nuestro derecho, como son el reconocimiento judicial o el interrogatorio de parte. Pues aquéllos que asumen el liderazgo y la colaboración en esta labor de implantación de la administración electrónica son los que se encontrarán directamente con las mayores dificultades en la tarea, sin que por ello deban "penar" con mayores culpas, sino tan sólo con la posibilidad de utilizar los mecanismos y recursos que la regulación del procedimiento, ya sólo en formato electrónico, le ofrece, en este caso, el cumplimiento normativo sobre la base legal expuesta. No tenemos la opción de ignorar estos asuntos y los abogados son los máximos interesados en tener las máximas garantías jurídicas para consumidores y empresas con cualquier avance tecnológico.
Se destaca como mayor novedad que las Administraciones Públicas pasen a relacionarse entre sí y con sus entidades dependientes, a través de medios electrónicos. Al respecto es pertinente resaltar que si bien existen reglas procesales propias para cada orden jurisdiccional, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) ocupa un lugar especial en este marco, ya que sus preceptos son siempre de aplicación, en defecto de disposiciones en las leyes que regulan los procesos penales, contencioso-administrativos, laborales y militares, a todos estos procesos (artículo 4 LEC). En general, todos los delitos que pueden ser cometidos en Internet, pueden ser cometido en en mundo real, tan solo hay que tener en cuenta ciertas especificaciones que varían como el lugar de comisión, el momento en el que se produce o la dificultad de conseguir pruebas, dar con el autor del delito o, como en este caso, la publicidad que conllevan. Este es un servicio que nos permite añadir una extensión al navegador para conocer la “reputación” de los sitios a los que nos vamos a conectar, para sí estar alertados. En Finlandia, el 1 de julio de 2010 entró en vigor una ley por la que se obligaba a todas las compañías de telecomunicaciones a proporcionar una conexión mínima de 1 Mb a todos los usuarios, pero curiosamente quedan fuera de esta garantía las segundas residencias (Casas de veraneo «kesäasuntoja»).
El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha aprobado una resolución para la “promoción, protección y el disfrute de los derechos humanos en Internet”. En todo caso, en el informe realizado por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones en junio de 2010, se señalaba que en España la banda ancha en sus tramos de velocidad más alta, no sólo tenía una escasa penetración, sino que resultaba significativamente más cara que en el resto de los países de la Unión Europea. El conocido copypaste que además de ser, obviamente mal visto, puede suponer una vulneración del derecho de la propiedad intelectual de otro autor. No obstante, a pesar de los retos que se plantean con la implantación de la Administración electrónica, una vez superados éstos y generalizada su utilización, ello seguro redundará en una necesaria simplificación administrativa para los ciudadanos, y en una modernización de su funcionamiento, asegurando que las Administraciones españolas se encuentran en la vanguardia, a la altura de lo que se espera de una Administración del siglo XXI. Así, aunque la protección de datos personales ha avanzado de modo significativo desde los años ochenta del pasado siglo, lo cierto es que los derechos consolidados alrededor de esa protección -derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición- no pueden ser simplemente trasladados a las nuevas realidades de la «sociedad del conocimiento».
EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS La LPAC introduce el cómputo de plazos por horas y establece que, salvo que por Ley o que en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. Por tanto, el referido artículo 3-8 se refiere a las comprobaciones para constatar que se trata de una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y que cumple todos los requisitos y condiciones establecidos legalmente para este tipo de certificados, así como que la firma se ha generado mediante un dispositivo seguro de creación de firma electrónica. En segundo lugar, en la medida de lo posible, recomiendo que cuando se impute a alguien un delito a través de Internet, se aseguren de poder probarlo. Regulación en España. En definitiva, podemos decir que los emails son validos como prueba ante un juicio laboral, tanto si eres trabajador como si eres empresa. Hoy en día no es suficiente disponer de contenidos de calidad y de los conocimientos técnicos precisos para su optimización en la red, sino que, además, resulta esencial que en la selección, elaboración, difusión y comercialización de esos contenidos digitales se respeten tanto los derechos que puedan existir sobre ellos, como las normas dirigidas a proteger principios esenciales como la privacidad, el honor, la intimidad, los derechos de los consumidores, la disciplina del mercado, la publicidad, la propiedad industrial o la intelectual.
De hecho, como señala la Agencia Española de Protección de Datos en su Memoria de 2011, «la popularización de estos servicios, su implantación en redes sociales como Facebook o en servicios de reconocimiento facial y etiquetado de fotografías como “Find my Face” de Google, conlleva una serie de desafíos para la privacidad, como puede ser el tratamiento de imágenes digitales de personas que no utilizan el servicio y no han dado su consentimiento para ello, o la utilización de las imágenes para otras finalidades distintas para las que fueron tomadas». Relaciones electrónicas entre las Administraciones La LRJPS pretende una verdadera colaboración entre las propias Administraciones Públicas, en la línea ya iniciada por la Ley 11/2007.
La Ley de Jurisdicción Social dice en su artículo 90.1: “Las partes, previa justificación de la utilidad y pertenencia de las diligencias propuestas, podrán servirse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley para acreditar los hechos controvertidos o necesitados de prueba, incluidos los procedimientos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido o de archivo y reproducción de datos, que deberán ser aportados por medio de soporte adecuado y poniendo a disposición del órgano jurisdiccional los medios necesarios para su reproducción y posterior constancia en autos“. 1818/1993, los elementos de este delito son de doble naturaleza: una, objetiva, constituida por expresiones o acciones que menoscaben, por su propio contenido y entidad, la honra, el crédito o la dignidad de la persona a la que se dirijan; y otro, subjetivo, que trasciende a la culpabilidad y que viene representado por la finalidad de la acción que ha de estar dirigida a producir aquella lesión del honor y la dignidad de una persona, el “animus iniuriandi”; elemento que ha de quedar probado por la acusación y que queda excluido cuando se pruebe que la finalidad de la acción era diferente a la de injuriar a la persona afectada. En la actualidad este procedimiento todavía no ha concluido.
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El informe de la compañía Telefónica sobre los datos relativos a las conexiones IP respecto a la cuenta de correo electrónico atribuida a (prueba electrónica . el consentimiento eficaz del sujeto particular permitirá la inmisión en su derecho a la intimidad, pues corresponde a cada persona acotar el ámbito de intimidad personal y familiar que reserva al conocimiento ajeno ( SSTC 83/2002, de 22 de abril, FJ 5 ; 196/2006, de 3 de julio , FJ , aunque este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento ( STC 159/2009, de 29 de junio Independientemente de que el hecho sea constitutivo de delito en estos casos está siempre presente la colisión entre la libertad de expresión del que realiza el comentario o emite la opinión o realiza la expresión o expresiones, y el derecho al honor cuya defensa realiza el ofendido por lo publicado por estimarlo vulnerado y que puede hacer efectiva a través de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. que en este caso adquiere especial importancia debido a las características propias de la “prueba electrónica”, permitiendo incorporar al procedimiento una cualificada forma de acreditar en principio los elementos esenciales de la comunicación electrónica aportada, así como la autenticidad de la misma, aunque obviamente pueda resultar impugnada y contradicha y, en definitiva, valorada con arreglo también a las normas de la sana crítica (artículo 348 LEC).
Aparece en este caso la doctrina de la “legítima expectativa de privacidad”, que permite en definitiva la renuncia a la privacidad, incluso mediante Convenio Colectivo, cuando se utilizan ordenadores, herramientas o medios informáticos de titularidad empresarial (por ejemplo, dirección de correo electrónico corporativa). En cualquier caso, estas empresas no facilitan nunca las claves de acceso de la cuenta. El Estado, como titular de la competencia exclusiva sobre la Administración de Justicia en España (artículo 149.1.5ª CE), no ha aprobado ninguna ley que le provea de contenido. Sigo aquí la tesis propuesta por , profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Girona, en su libro Prueba y Verdad en el Derecho. uno de nuestros más eximios juristas, que es una pena que los profesionales del Derecho no escriban más, pues realmente son ellos quienes pueden aportar experiencias reales, a diferencia de los profesores, que en la mayoría de los casos se dedican a la auto estimulación…intelectual, no sean ustedes mal pensados. Sin embargo, de otro lado, se exime de presentar documentos ya presentados, siempre condicionado a indicar cuándo y ante qué órgano se presentó, aunque en ese caso se debería limitar a los documentos privados, dado que los administrativos ya están en el supuesto anterior. Fruto de esas preocupaciones, el Grupo de Trabajo del Artículo 290 de la Unión Europea adoptó unas recomendaciones en marzo de 2012. La notificación electrónica se lleva a cabo una vez que el interesado accede a la sede electrónica, cada vez más presentes en las páginas web de los entes públicos, y cumplimente el formulario de registro, facilitando una dirección de correo electrónico habilitado para la recepción de sus notificaciones telemáticas; por ello insistimos que los sujetos obligados utilizar la comunicación electrónica y los que voluntariamente lo deseen deberán también dotarse con una cuenta de correo electrónico.
Este derecho fundamental recogido en el artículo 18.1 Constitución Española no es ilimitado ya que como se viene apuntando tradicionalmente, el derecho de uno termina donde comienza el derecho de otro y por tanto se limita cuando entra en colisión con el derecho al honor, derecho fundamental recogido en el artículo 20.1º Constitución Española. Es claro que las comunicaciones telefónicas y el correo electrónico están incluidos en este ámbito con la protección adicional que deriva de la garantía constitucional del secreto de las comunicaciones. Tenga presente que los buscadores pueden permitir a cualquier tercero obtener la información pública de los perfiles». Obligación, sin duda y sin matices. De hecho, el BOE comunicó a la Agencia que volvía a utilizar esos ficheros para que los buscadores no indexaran los datos que aparecían allí En todo caso, la notificación electrónica se complementa con la posibilidad de que las notificaciones se continúen practicando en papel, si bien en este último caso, existe el deber de que sean puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración correspondiente.
La obra aúna la casuística de la implantación electrónica en las principales esferas de la actividad administrativa: transparencia; relaciones con los ciudadanos; relaciones internas y con otras administraciones; contratación pública y, por supuesto, facturación electrónica. El fenómeno de las “Redes Sociales” sin duda alguna ha cambiado la forma de socializar con conocidos, amigos, parientes, compañeros de trabajo e incluso para las mismas empresas que realizan campañas a través de estas herramientas. Para que constituya delito la injuria, por sus características, tiene que tener una connotación social grave. 266, 84 L. Los principales navegadores tienen opciones para realizar estos limpiados. Lo hacen valiéndose, además, de códigos alfanuméricos que acreditan –para los ojos expertos- que toda esa información certificada es veraz. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (la “LRJSP”) pretende salvar esta grave carencia, convirtiendo la Administración Pública en una «Administración Electrónica», a través de la generalización del uso de los medios electrónicos en el quehacer diario de la Administración.
Está claro que la presencia en redes sociales es una realidad y una necesidad como medio de comunicación y herramienta de marketing de los despachos de abogados. La tipología de conductas que se pueden encontrar es muy variada aunque, grosso modo, podemos señalar que obedecen básicamente a dos finalidades por parte del infractor: la de injuriar o la de vejar a la víctima. En esta evolución pueden apuntarse varios elementos significativos. El artículo 14.2 LPAC recoge entre los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la administración a los propios empleados públicos para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Tratamiento de datos de carácter personal, Flujos transnacionales de datos e información. Sin embargo, a mi juicio, y aunque en teoría según la LPA todos pasarían a ser tramitados de este modo, ni la realidad permitirá que se cumpla desde su entrada en vigor de forma automática, ni la norma le dedica la atención necesaria, pues no resuelve, ni mucho menos, todos los problemas que ello implica. Las injurias leves se recogían anteriormente en las antiguas faltas (ahora delitos leves) del artículo 620.2º, que ha sido objeto de derogación por la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo. Y, en rojo, donde no existe esta libertad. En primer lugar, habrá que interpretar qué quiere decir la norma cuando habla de “a los solos efectos de su iniciación”, es decir, ¿podría considerarse que en esos casos podrá hacerse la oportuna consulta para conocer el domicilio y notificarle el primer acto de trámite cualificado en el mismo, por ejemplo, el pliego de cargos? No obstante, me asaltan varias dudas, ¿qué ocurre con los obligados a comunicarse electrónicamente?
Y ¿con quienes han optado por este mecanismo aunque no estén obligados? Todo apunta a que en esos supuestos podría la Administración –o incluso debería según la norma-, practicar esas notificaciones electrónicamente, con la dificultad de que en tal supuesto el destinatario conozca realmente esa notificación por lo antes dicho, pues es posible que no tenga conocimiento de que ese procedimiento se ha iniciado. Grecia, por su parte, aprobó una enmienda a su Constitución señalando que el Estado ha de facilitar el acceso a la información electrónica. Si las evidencias digitales se han obtenido a partir de los archivos de un software gestor de e-mails en un dispositivo electrónico, siento decirle que no solo es posible, sino muy sencillo hacerlo, tal y como he demostrado con la anterior falsificación de correo electrónico. La administración electrónica puede producirse en las comunicaciones internas de una oficina (reemplazando, por ejemplo, a los mensajes internos escritos) como las comunicaciones entre las oficinas de diferentes organizaciones. Pero la utilización de esos ficheros por el BOE tampoco es pacífica.
"En un período como el que atravesamos, en el que se busca la eficiencia y la reducción de costes, éste es el sistema más adecuado y barato", comenta el abogado. Para las personas físicas distintas de las mencionadas (o para un colegiado obligatorio pero cuando no actúe en ejercicio de su actividad profesional) el relacionarse electrónicamente con la Administración es un derecho, no una obligación; es decir, será voluntario y podrán elegir si se comunican con las Administraciones Públicas mediante papel, o por medios electrónicos. No menos importante es la privacidad para la innovación y la creatividad la cual necesita de espacios donde podamos pensar, razonar, interactuar y hablar sin los juiciosos ojos de los demás sobre nosotros, espacios para la exploración, para avanzar en las propuestas que van contra el orden y las reglas en curso.
En conclusión, parece cuanto menos discriminatorio y parte de una premisa errónea, porque no es cierto que cualquier ciudadano tenga ese acceso en día inhábil. Por lo tanto, cuando se produzcan conflictos de este tipo será necesario llevar a cabo un juicio de ponderación entre las dos perspectivas existentes, la que enjuicia la conducta del sujeto en relación al honor y la que la valora en relación a la libertad de expresión (STC 15/1993, Y si ya es una carga excesiva en todo caso, incluso cuando el interesado lo es por haber presentado una solicitud, en cuyo supuesto podría pensarse que estará más atento de recibir la notificación, lo que ya sí es inadmisible es que las mismas reglas se apliquen en los procedimientos iniciados de oficio, lo que enlaza con otra cuestión que, a mi juicio, merece la pena mencionar.
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